25/04/2024 - 3:42
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    GOWEX. De compañía con estrella a compañía estrellada.

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    Análisis económico y jurídico de la situación en la que se encuentra Gowex.

    Podemos pensar que el mundo del Derecho es un mundo paralelo, otra realidad. Pero nada más lejos, el Derecho nos rodea a todos y a todo. Desde el simple acto de comprar una barra de pan –contrato de compraventa- hasta el caso de las estafas financieras más tergiversadas.

    Esta semana pasada, a todos nos sorprendió GOWEX (ww.gowex.com). Muy poca gente fuera del mundo financiero o de las telecomunicaciones había escuchado hablar de esta compañía. Era una compañía que se dedicaba a “montar redes WIFI gratuitas”, hasta aquí todo bien.

    La empresa creada en 1999 había crecido y su expansión parecía imparable. Su entrada en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) se veía como una muestra más de crecimiento y fortalecimiento, incluso se habían mantenido contactos para cotizar en USA.

    La cotización de Gowex en el MAB era la “normal” para este de mercados, poca liquidez que se traducía en un poco volumen de mercado y un precio estable de cotización de 1,20 Euros/acción. En 2012 la cotización de la empresa empieza a dispararse hasta llegar a los máximos de cotización en abril de 2014 rozando los 27 Euros/acción, con una capitalización bursátil de cerca los 2.000 millones de euros. La empresa y el fundador recibían premios por doquier. Se estaba creando una burbuja.

    ¿Qué hizo caer el “gigante”?

    Pues un simple informe (http://www.scribd.com/doc/232063069/Let-s-Gowex-La-Charada-Pescanova-a-Pescanovan-Charade) de 93 hojas de una empresa de análisis bursátil muy poco conocida y opaca, pero que sus pocos análisis realizados se han convertido en auténticas masacres para las mismas compañías analizadas. El informe venía a decir que las acciones de Gowex valían 0 euros, y que las cuentas de la empresa estaban sobrevaloradas. Eso sí, Gotham City Research LLC (GCR) (http://gothamcityresearch.com/) que es como se denomina la empresa analista advertía que podía tener intereses en Gowex.

    El día que se emitió el informe, el 1 de julio (http://cincodias.com/cincodias/2014/07/01/empresas/1404207576_739164.html), la burbuja explotó y el precio de las acciones de Gowex descendió un 46%, el día siguiente cayó otro 26%. En cifras absolutas es afirmar que las acciones de la empresa de 20 Euros/acción a un mínimo de 5,87 Euros/acción. El mismo día 2, el regulador del MAB se vió obligado a actuar y suspendió la cotización de Gowex hasta aclarar el informe. El día 3, la empresa informó que PriceWaterhouse Cooper realizaría un “examen forense” de las cuentas de Gowex a fectos de tranquilizar el mercado. Pero ya ese mismo día, ASINVER (http://www.europapress.es/economia/finanzas-00340/noticia-economia-asinver-denuncia-gowex-fiscalia-estado-delitos-falseamiento-informacion-cuentas-20140704123032.html) (asociación de inversores) había presentado una denuncia en la fiscalía de la Audiencia Nacional contra Gowex por delitos societarios.

    El domingo 6 de julio ha sido un día de locos. A las 4.54 de la mañana teníamos una comunicación mediante hecho relevante al regulador del MAB donde el Presidente Ejecutivo, Jenaro Castro, dimitía del cargo, reconocía que las cuentas de los últimos 4 años eran falsas y se atribuía la autoría de esa falsedad. Además, el Consejo de Administración reconocía la incapacidad de afrontar el pago de la deuda y solicitaba de acuerdo con el artículo 5 de la Ley concursal el concurso voluntario de acreedores. A las 10.35 horas, Jenaro Castro emitía un mensaje en twitter diciendo “Pido perdón a todos. Lo siento de todo corazón”. Después, a las 15.34 en otro mensaje en la misma red social decía “Realizada mi confesión voluntaria en los juzgados. Estoy dispuesto a asumir las consecuencias y colaborar con la justicia. Encaro las cosas”. Y esta frase es muy importante para conocer la vertiente jurídica a explicar después. No falta decir, que dichos mensajes han contado con multitud de réplicas por parte de los afectados.

    Los afectados se cuentan por millares, además no solo son pequeños inversores, sino que también han sucumbido fondos y empresas especializadas como Herderson Global, JP Morgan Asset Management, Lazard, Danske Bank o Santander Asset Management.

    Visión jurídica de los hechos.

    Antes de introducirnos, informar al lector que aquí juegan dos campos muy importantes del Derecho. El Derecho financiero y concursal que provienen de las actuaciones de la propia compañía, con el Derecho penal que se derivan de las actuaciones de Jenaro Castro, expresidente ejecutivo.

    Análisis mercantil y financiero sobre la empresa.

    Después del impacto del anuncio de GCR y la suspensión de la cotización de Gowex del MAB, se planteaban muchas dudas sobre el futuro. Pero estas dudas se han despejado en su mayor parte con el hecho relevante del día 6.

    La empresa ha solicitado concurso voluntario de acreedores de acuerdo con el artículo 5 de la Ley Concursal con efectos de ganar tiempo y analizar la situación real de la empresa. Advertir que no solo ha fallado la empresa, sino que han fallado todos los controles internos y externos.

    El auditor de Gowex, M&A Auditores. Falló.
    El asesor financiero independiente, EY. Falló.
    El regulador del MAB, Bolsas y Mercados Españoles. Falló.
    La Comisión Nacional del Mercado de Valores. Falló.

    Ahora con el concurso, y el nombramiento de un administrador se sabrá el estado real de la empresa. Pero a bote pronto, corroborar las afirmaciones de GCR en el sentido que las acciones de Gowex valen cero euros. La cotización seguirá suspendida sine die, incluso es posible que se le expulse del mercado.

    Análisis penal de las actuaciones de Jenaro Castro.
    Como ya avisábamos al lector anteriormente, la actuación durante estas horas por parte de Jenaro Castro no ha sido ni espontánea, ni ingenua. Más bien parece que ha sido organizada desde hace días por sus abogados, en pro de señalar ya la estrategia de defensa. Sino porqué reconocer en el hecho relevante que se han falsificado las cuentas, qué él ha sido el autor y su posterior “confesión voluntaria” en un juzgado.

    En un ejercicio de suposición, cabría imputar a su conducta un posible delito de estafa (Art. 248 CP relacionado con el 250 CP) castigado de 1 a 6 años de prisión; delito societario por parte del administrador (art. 290 CP) castigado de 1 a 3 años de prisión. Como podemos ver, son penas de prisión relativamente pequeñas.

    Pero ahora bien, y más con una buena estrategia de defensa y asesorado por un buen equipo jurídico seguro que han visto el problema que se les viene encima y han contemplado la opción de las atenuantes del artículo 21. 4ª del CP que dice literalmente “La de haber procedido el culpable, antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige con él, a confesar la infracción a las autoridades” o incluso también la genérica del 21.6ª CP que se interpreta jurisprudencialmente con ayudar a las autoridades competentes a esclarecer los hechos delictivos.

    Considerando la existencia de estas dos atenuantes, y en relación con su aplicación establecida en el artículo 66 CP, diríamos que se rebajarían en grado las dos penas, y por tanto las posibles penas de los dos delitos anteriores serían de 6 meses a un año de prisión.

    En el caso hipotético que fuera condenado por estos dos delitos en su cuantía máxima, una vez rebajado el grado su condena total sería de 2 años. Y si Jenaro Castro no tiene antecedentes penales, la pena –siempre al arbitrio del Juez- quedaría en suspensión y no entraría en prisión.

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